jueves, 12 de febrero de 2026
Enalta
Revista Adiós

Pilar Pérez Viñuales


Historiadora.

Historia | Una capilla mortuoria en Alagón (Zaragoza)

12 de febrero de 2026

El mosén Francisco de Ayala, que fue caballero de espada de la Orden de Santiago, y su esposa María Sánchez de Cabañas en 1512 decidieron fabricar una capilla para su enterramiento en la iglesia de San Pedro Apóstol

Una capilla mortuoria en Alagón (Zaragoza)

Es incuestionable  que  la muerte, tarde o temprano, nos  va a llegar  a todos los seres  humanos, pero no todo el mundo puede dejar huella y memoria de su paso por  esta vida mortal. Únicamente  son algunas   personas   privilegiadas  que, por  su   especial estatus   social o  por su alta capacidad  económica,  pueden  llevarlo  a cabo. Y  este  es   el caso del magnífico  e  ilustrísimo  mosén  Francisco de Ayala,  que  fue  caballero de espada de la Orden de Santiago, y  de su  esposa  María Sánchez de Cabañas, que  en el año de gracia de 1512, decidieron   fabricar   una   capilla  para  su  enterramiento, en  la iglesia parroquial  de  San Pedro Apóstol, en la localidad de Alagón, provincia de Zaragoza.  

De María Sánchez de Cabañas sabemos que estuvo casada, en primeras nupcias, con don Martín de Guadalajara, infanzón, habitante en Alagón, y que ambos cónyuges ordenaron, conjuntamente, su testamento el día 5 de enero de 1507. En él mandan, entre otras cuestiones: “… seamos enterrados dentro de la yglesia de Sant Pedro de Alagon…”. Pero tiempo después, doña María anula dicho documento y tiene que enfrentarse a diversos pleitos por la herencia de su marido y los herederos que éste había nombrado. La disputa se resolverá mediante una sentencia arbitral que dejará bien claro lo que corresponde a cada parte. Para entonces, María Sánchez de Cabañas ya estaba unida con su segundo esposo, mosén Francisco de Ayala, que firman capítulos matrimoniales, anotando, minuciosamente, las posesiones, tanto muebles como inmuebles que cada uno aporta a su enlace, y  las  condiciones de tenencia  de dicho patrimonio: “… Capitoles matrimoniales fechos, pactados et concordados entre los honorables mosen Francisco d´Ayala, cavallero de la horden de Santiago et continuo comensal del muy illustre señor, el señor Castellan d´Amposta et conde de Ribagorça, de la una part. Et Maria Sanchez de Cabanyas, mujer y sposa que es suya, de la otra part, en et cerca del matrimonio que entre ellos es estado, fecho, tractado et concluydo, los quales son del thenor siguient…”. Entre los acuerdos que se toman, me gustaría destacar uno de ellos por las consecuencias que para María Sánchez va a tener en posteriores litigios: “…Item es concordado entre las dichas partes, que si caso sera, que el dicho mosen Francisco d´Ayala muriesse antes que la dicha Maria Sanchez de Cabanyas, mujer suya, et ella sobreviviendole, que en tal caso todos los bienes mobles, los quales en el tiempo de la muerte del ellos tenrran, habran et poseyran…, que todos aquellos hayan de seyer et sian de la dicha Maria Sanchez de Cabanyas para propia herencia della…”.      

Es el 20 de octubre de 1512 la fecha clave del siguiente testimonio que, para nosotros, para Alagón, tiene una importancia fundamental por conocer el origen de la capilla mortuoria dedicada a la Pasión de nuestro Redentor Jesucristo “… En este año a 20 de octubre dio el Arçobispo facultad a Francisco de Ayala, cavallero de la orden de Santiago, y a Maria Sanchez, su muger, de poder fabricar en la parrochial de la villa de Alagon, en el Arçiprestado de Çaragoça, una capilla, altar y retablo so titulo de la Passion de Nuestro Redemptor Iesuchristo…”. Lo que no sabemos es quién o quiénes fueron los autores, tanto de la arquitectura de la capilla como del retablo y escultura del Cristo. Sí tenemos conocimiento de que en el año 1517 estaba ya concluida la obra porque María Sánchez era obligada, por las últimas voluntades de su primer marido, Martín de Guadalajara, a decir una misa cada semana por su alma: “… que vos dichos vicario y racioneros qui soys, et los que por tiempo seran de la dicha iglesia, siays y sian tubidos ad inperpetum de decir una misa rezada en el altar del Crucifixo…”.

Por su parte, mosén Francisco de Ayala era una persona ilustre, importante, caballero de la Orden de Santiago y maestresala de don Juan de Aragón, Castellán de Amposta y conde de Ribagorza. Él gozaba, de esta manera, de una posición privilegiada y así se pone de manifiesto en el instante en que presenta a los jurados de Alagón un privilegio de su condición nobiliaria: “… el dicho mossen Francisco d´Ayala dixo que, como por tenor del dicho privilegio, constaba et consta el ser del orden et milicia de Señor Santiago…et los cavalleros de la dicha orden sean libres, franquos, inmunes de todas pechas reales e vezinales, sisas et otras...”. Y también era persona pudiente, de dinero, de negocios, cuando, por ejemplo, es nombrado por su mujer, María Sánchez, como procurador suyo para que le represente en: “… qualesquiere pleytos, quistiones, diferencias, assi civiles como criminales, que ella tenga con qualesquiere personas…”. A través de sus actividades adivinamos cómo fue mosén Ayala ya que lo vemos dando a treudo, diríase en arriendo, por tiempo de un año, unas casas suyas sitas en Alagón, o nombrando procurador a Bartolomé de Casales para cobrar de Pedro Mur, mercader y ciudadano de Zaragoza, determinada cantidad de dinero, y a otro mercader de Barcelona para que le retribuyan el alquiler de dos portales de casas. 

Pero, mosén Francisco de Ayala era, por encima de todo, un hombre que se daba perfecta cuenta de la fugacidad de su existencia, consciente de su nimiedad, de su vulnerabilidad, de su indefensión. Lo vamos a comprender, sin lugar a dudas, a través de sus testamentos, especialmente, el que redactó en el mes de enero del año 1521 donde, y en un largo preámbulo, podemos intuir la concepción que tiene de su propio yo, y del  sentido  trágico  de  este  valle de lágrimas: “… En el nonbre de Nuestro Señor Ihesucristo y de la Virgen Sanctisima Madre suya Amen. Como la abitacion de aquesta miserable vida viene, como claramente se amuestre, porque la condicion de nuestra umana y fragil suerte de muchas calamidades y miserias cercada magnifiestamente se vee, porque la entrada deste mundo no tiene syno suziedat de pecado y miseeras que otra cosa el medio desta vida trae syno afalagos de vanidades, celadas de mal y dolores y angustias en abundancia, y la salida deste mundo no tiene syno allegamiento de lagrimas y exercito de llantos syn remedio. Y con lagrimas en este mundo entramos y benimos a el con angustias y dolores en aquesta miserable vida benimos, con sospiros y lloros della salimos e ninguna otra cosa con nosotros llevamos syno aquello que con caridat y amor de Dios en buenas obras azemos, las quales nos llevan por el camino de la perdurable gloria. Conviene pues que, contemplemos, como catholicos, mientra Dios nos da tiempo espiritual y temporalmente, de las cosas propias antes de ser prevenidos de la fyn y termino desta llorosa vida disponer, porque quando aquel soberano juez de aqueste misero mundo nos llamara podamos restituylle el anyma que sea merescedora de alcançar perdon. Y en aquel espantable dia le podamos dar buena cuenta y razon de aquello que nos encomendo. E, por ende, yo Francisco d´Ayala hago este presente testamento y postrimera voluntad, con mi seso y entendimiento, hordeno y quiero lo que aqui dize de mi mano escrito sea valido…”.  

Estamos ya en pleno siglo XVI, en el auge del Renacimiento, donde la visión que se tenía de la vida y la muerte, respecto a la Edad Media, ha ido cambiando. Frente a los primeros siglos medievales en que la muerte era considerada como una liberación de este desdichado transcurrir, en la Baja Edad Media y en el Renacimiento se concibe como algo inevitable y doloroso. A través de las palabras de Francisco de Ayala podemos vislumbrar la agonía de este mundo, al que venimos con pecado, y con llantos nos vamos. Y, en medio de nuestro caminar, sólo nos queda la vanidad de lo que creemos ser, la lucha, la angustia, la miseria, el dolor, el sufrimiento. Recogemos los versos de Jorge Manrique: “… Recuerde el alma dormida, avive el seso e despierte, contemplando, cómo se passa la vida; cómo se viene la muerte tan callando…”.  La muerte es la tranquilidad, el silencio, el reposo, la quietud del espíritu “… Este mundo es el camino para el otro qu´es morada sin pesar… assí que cuando morimos, descansamos…”. Únicamente nos pueden salvar las buenas obras y, por este motivo, antes de que llegue el aciago momento, tenemos que disponer de todo lo nuestro, lo temporal y lo espiritual, para que el círculo se cierre. Sólo nuestra alma es inmortal y Dios, juez supremo, nos pedirá cuentas de todo cuanto en este mundo hayamos hecho. Nada nos llevaremos con nosotros, ni la riqueza, ni la fama, ni el poder, ni la gloria: “… ¿Qué se hizo, el rey don Joan? Los Infantes d´Aragón, ¿qué se hizieron? Hay que preparase para el bien morir porque no tenemos la certeza ni del día ni la hora. Mosén Francisco de Ayala era un caballero de Santiago, con un sentido muy trascendental de su existencia, religioso, devoto, piadoso, pero también orgulloso de su condición noble, y quiere que su nombre, su memoria, que su paso por esta vida perdure a través de los siglos. Para ello, junto con su fiel compañera, María Sánchez de Cabañas, proyecta edificar la capilla del Crucifijo para que, según dispone en su testamento: “… sea sepultado mi cuerpo en la capilla nuestra de Sant Pedro d´Alagon a dosta el Crucifixo de la Pasion de Christo Nuestro Redentor…”. Y junto al orgullo, la humildad: “... y sea syn ninguna cirimonia…”.

Sin embargo, en ese paso al más allá, en el que vamos solos, que nadie nos acompaña, necesitamos de toda la fuerza de nuestra fe, del apoyo de aquellos otros hombres y mujeres, mortales como nosotros, pero santos para Dios, y que constituyen un apoyo seguro para la eternidad y la gloria santa del Paraíso. De esta suerte, Francisco de Ayala, ordena: “… quiero, y es mi voluntad, que la dicha Maria Sanchez de Cabanyas, muger mia, consienta que se digan diez missas cantadas a estos sanctos, cada uno quando caera su fiesta… a San Antonio de Padua, a San Roc, a Santa Elena, a Santiago, a San Gines, a la Madelena, a San Juan, a San Francisco, a San Babil, a la Vera Cruz. Esta es mi voluntad…”.  El postrero deseo del caballero de Santiago se ha cumplido porque, cinco siglos después de este inevitable hecho, podemos contemplar, ante nuestros asombrados ojos, los mismos personajes pintados en las extraordinarias tablas que acompañan a la hermosísima escultura de Cristo Crucificado. Mosén Francisco de Ayala ya puede descansar en paz, su nombre perdurará para siempre.  

Y, a continuación de los anhelos espirituales, hay que dejar bien asentadas las resoluciones terrenales: “… hago heredera a la dicha señora Maria Sanchez de Cabanyas, muger y señora mia, de quanto en este mundo he poseydo y tengo, que ella sea señora y mayora, que en su vida, mientra ella querra, ninguno no le aya de pedir cuenta ni razon asy de oro como de plata ni de todas las otras joyas…bestidos, ropas ni censales ni heredades que ella tenga compradas en mi vida mientras ella bivira… Y, si caso fuere que algun deudo o pariente mio veniere a pedir alguna cosa de herencia, quiero, y es mi voluntad, les den cada cinco sueldos porque yo no tengo cosa ninguna de herencia ni de patrimonio y no soy obligado…”. No obstante, también establece que, si algún pobre viniera a su puerta, la dueña le entregue alguna limosna. Y deja dicho que se provea a la capilla de la Pasión de Cristo de todo lo que sea necesario, tanto de ornamentos como de cualquier otra cosa, para que no falte de nada.

 Nuestro protagonista ya ha concluido con su misión en esta vida. Pero él es también un ser finito y, por ende, frágil. Nos cuesta poco descubrir que en el mes de enero de 1526 está doliente, empero: “… a Nuestro Señor Dios gracia en mi buen seso, firme memoria y palabra manifiesta…”. Meses más tarde fallece.

 Tras el óbito de Ayala, su viuda, María Sánchez de Cabañas, va a tener que afrontar, de nuevo, numerosos problemas y conflictos por el legado y las resoluciones de su marido. La hija de Ayala, Ana, y su consorte Jaime Manuel van a querellarse por las propiedades de su familiar. Por lo tanto,  hay que solucionar el problema a través de una sentencia arbitral  que se encarga a los  honorables juristas Luis de Santángel y Alonso Muñoz de Pamplona, los cuales deciden: “… Et primerament, atendientes y considerantes entre las dichas partes haber diferencias y controversias sobre los bienes mobles que fueron comunes entre la dicha Maria Sanchez de Cabanyas et el dicho mosen  Francisco de Ayala, marido suyo et padre de la dicha Anna de Ayala, muger que es del dicho Jayme Manuel. Por quanto la dicha Maria Sanchez de Cabanyas pretiende aquellos pertenecerle y ser suyos en virtud de los capitoles matrimoniales fechos y firmados  entre ella y el dicho su marido. Et la otra parte pretendia que la meytat de aquellos les pertenescian…”. Los árbitros, después de estudiar los argumentos esgrimidos por ambas partes, pronuncian, sentencian y adjudican: “… a la dicha Maria Sanchez de Cabanyas todos los bienes mobles y por si movientes… que fueron comunes y pertenescieron a et entre los dichos mossen Francisco de Ayala, quondam, et Maria Sanchez de Cabanyas, conjudges, para que ella de todos aquellos  pueda fazer y fagua  a sus propias voluntades como de bienes y cosa suya propia… Et que de aquellos, ni de alguna parte dellos, los dichos Jayme Manuel et Anna de Ayala, conjudges, no puedan demandar, haver ni alcancar parte ni drecho alguno. Antes bien, en aquellos y sobre aquellos les ponemos et inposamos silencio perpetuo…”. Sin embargo: “… pronunciamos, sentenciamos, dezimos y mandamos et condepnamos a la dicha Maria Sanchez de Cabanyas ha haver de partir y dividir, y que haga particion y división, con los dichos Jayme Manuel et Anna de Ayala, conjudges, de todos los bienes sitios que fueron comprados por los dichos mosen Francisco de Ayala y Maria Sanchez de Cabanyas, conjudges…”. La viuda, acepta y confirma lo estipulado en la citada sentencia. Pero…: “… Atendient y considerant yo et el dicho mi marido havemos fecho y edificado… una capilla en la yglesia de Señor Sant Pedro de la dicha villa de Alagon dius la invocacion del Santissimo Crucifixo por lo qual la meytat de la dicha capilla es mia y la otra meytat es de vosotros los honorables Jayme Manuel et Anna de Ayala, conjudges, habitantes en la ciudat de Çaragoça. Et por quanto es pactado y concordado entre vosotros y mi que yo hubiesse de renunciar en poder vuestro todo y qualquiere drecho a mi sobre la dicha capilla pertenescient en solucion y paguo de cierta quantidat o heredades que pretendiays que yo os havia mandado en contenplacion de vuestro matrimonio. Por tanto, por el dicho pacto y concordia, de mi cierta sciencia… libro, cedo, transffiezco en vosotros dichos Jayme Manuel y Anna    de Ayala, conjudges, y en los vuestros todo y qualquier drecho, propiedat, dominio y posession a mi sobre la dicha capilla pertenecient…Et aquella vos renuncio para que podays fazer de aquella a vuestras propias voluntades…”.

La señora María Sánchez de Cabañas muere el día 12 de octubre del año 1533 y deja a mosén Adam de Rueda, clérigo, habitante en la villa de Alagón, como heredero universal de todos sus haberes, pero con una serie de obligaciones que tiene que cumplir. Deberá dar a Ana de Ayala, quinientos sueldos que María le dejó de gracia especial. A la luminaria del Corpus Christi de la iglesia de San Pedro, veinticinco sueldos.  Otros veinticinco sueldos a la limosna de las Ánimas del Purgatorio. Al procurador del hospital para comprar  ropa, cincuenta sueldos, y a los jurados de la villa de Alagón: “… otorgamos haver recebido de vos dicho mosen Adam de Rueda assi como heredero suso dicho de todos los bienes que fueron de la dicha Maria Sanchez de Cabanyas, quondam, todos aquellos cinquenta sueldos dineros jaqueses los quales vos como heredero suso dicho serays tenido y obligado de dar y pagar a la dicha villa pora jocalia a la dicha iglesia parrochial de Señor Sant Pedro de la dicha villa por haver enterrado el cuerpo, siquiere cadaver, de la dicha Maria Sanchez de Cabanyas, quondam, dentro en la dicha iglesia…”.

Como podemos comprobar, a través de los siglos, el hecho de dejar este mundo nos pone a todas las personas, de cualquier condición que seamos, ante la disyuntiva de nuestro miedo o de nuestra esperanza al preguntarnos si realmente existe un más allá.