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Revista Adiós

Entra en vigor velocidad máxima de 90 km/h en carreteras convencionales en las que cada año mil personas pierden la vida

Publicado: lunes, 28 de enero de 2019

Entra en vigor velocidad máxima de 90 km/h en carreteras convencionales en las que cada año mil personas pierden la vida

Mañana entra en vigor la reducción a 90 km/h del límite máximo de velocidad en las carreteras secundarias, los titulares de las vías tienen ya prácticamente lista la colocación de las señales que avisarán al conductor de que deberá levantar el pie del acelerador.
El decreto que el BOE publicó el 29 de diciembre, aprobado por el Gobierno a propuesta de la Dirección General de Tráfico (DGT) intenta poner freno a las muertes que el exceso de velocidad provoca en las carreteras convencionales, donde cada año mil personas pierden la vida en accidente.
Son varios los titulares de las vías, desde el Ministerio de Fomento a las comunidades autónomas, las diputaciones provinciales y los ayuntamientos. Y todos están haciendo sus deberes para que mañana las señales de tráfico estén adaptadas a la nueva norma y contribuir a rebajar la tasa de 39 muertos en carretera por cada millón de habitantes en España.
Difícil saber el número de señales que se han cambiado y el presupuesto destinado a ello dado el amplio abanico de titulares de las carreteras y el infinito número de éstas.
Solo Fomento es titular de 14.418,80 kilómetros de la red estatal de carreteras secundarias, en las que en el último mes ha colocado más de 2.700 señales de prohibido circular a más de 90 km/h para sustituir las que marcaban el límite de 100.
Medio millón de euros se ha gastado la administración central en esta adaptación, según han señalado a Efe fuentes del departamento que dirige José Luis Ábalos.
Ni un euro ha tenido que desembolsar el gobierno regional de Miguel Ángel Revilla, porque en ninguna de las carreteras cántabras de su competencia se podía circular ya a más de 90.
La medida obligará a motos y turismos a circular a una velocidad máxima de 90 km/h independientemente del ancho del arcén.
Esta norma afecta también a autobuses y vehículos mixtos adaptables, si bien en el caso de los primeros, y a pesar de que tienen una baja tasa de accidentalidad, no podrán circular a más de 80 km/h los que no dispongan de cinturones de seguridad. Además, el decreto fija en un máximo de 80 km/h la velocidad en las carreteras convencionales para camiones, tractocamiones, furgonetas, autocaravanas con un masa máxima autorizada superior a 3.500 kilos, vehículos articulados y automóviles con remolque.
Las asociaciones de víctimas han acogido bien que el Gobierno se atreviera por fin a adoptar esa medida, que para las autoescuelas debe ir acompañada de un aumento de los agentes de la Guardia Civil de Tráfico y para los automovilistas de más inversión en las carreteras.
Desde el martes sobrepasar los 90 km/h en la red secundaria costará dinero y puntos. Desde 100 euros a 600 puede ser la multa, y de 2 a 6 puntos los que se retiren del carné por pisar el acelerador más de lo debido.